La nueva normativa establece que los extranjeros que no tengan residencia permanente deberán contar con un seguro de salud o abonar previamente las prestaciones médicas programadas en hospitales nacionales. Las emergencias seguirán siendo atendidas sin importar la situación migratoria.
El Gobierno nacional reglamentó el nuevo régimen para el acceso a las prestaciones médicas en los hospitales administrados por el Estado nacional para extranjeros que no cuenten con residencia permanente en Argentina.
La medida fue establecida mediante la Resolución 1066/2026 del Ministerio de Salud, firmada por el ministro Mario Lugones y publicada en el Boletín Oficial. La normativa comenzará a regir este miércoles y reglamenta los cambios introducidos en la Ley de Migraciones a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 366/2025.
🏥 ¿Cómo funcionará?
Los extranjeros que tengan residencia permanente podrán utilizar el sistema público nacional de salud en las mismas condiciones que los ciudadanos argentinos.
Para acreditar esa condición deberán presentar el DNI vigente donde figure expresamente la categoría de residencia permanente.
En cambio, quienes no puedan acreditar residencia permanente deberán presentar un seguro de salud que cubra la prestación solicitada o abonar previamente el arancel correspondiente.
En el caso de consultas, estudios o intervenciones programadas, el hospital elaborará un presupuesto y, cuando el paciente no tenga cobertura, deberá efectuarse el pago antes de realizar la práctica.
Si existe un seguro, el establecimiento deberá notificar a la compañía dentro de las primeras 24 horas y emitir la correspondiente factura. La aseguradora tendrá un plazo de 45 días corridos para efectuar el pago.
🚑 Las emergencias seguirán siendo atendidas
Uno de los principales puntos de la reglamentación establece que ninguna emergencia podrá ser rechazada o demorada por cuestiones administrativas o migratorias.
La evaluación quedará exclusivamente a cargo del profesional de la salud y, ante una situación que pueda constituir una emergencia, deberá priorizarse la atención inmediata.
Entre las situaciones contempladas se encuentran los paros cardiorrespiratorios, infartos, accidentes cerebrovasculares, traumatismos graves, hemorragias masivas, quemaduras extensas, intoxicaciones y emergencias obstétricas, pediátricas y neonatales.
Una vez que la emergencia haya sido superada y el paciente se encuentre estabilizado, el hospital podrá facturar los gastos correspondientes hasta el alta médica, según el procedimiento establecido.
🇦🇷 El antecedente de Salta
La decisión nacional tiene como antecedente el sistema implementado por Salta desde febrero de 2024.
El ministro de Salud Pública salteño, Federico Mangione, respaldó la medida y aseguró que la provincia registró una fuerte reducción en la cantidad de pacientes extranjeros atendidos en hospitales públicos.
Según datos difundidos por el Gobierno de Salta, la demanda de pacientes extranjeros cayó un 95% durante los primeros meses de aplicación del sistema.
Además, la provincia informó un ahorro de $2.367 millones en nueve meses solamente en el hospital San Vicente de Paul de Orán.
Mangione sostuvo que la reducción de la demanda permitió optimizar recursos y destinarlos a otras necesidades del sistema sanitario, entre ellas la adquisición de 34 ambulancias.
El funcionario también planteó la posibilidad de avanzar en acuerdos de reciprocidad con países limítrofes para establecer mecanismos que permitan recuperar los costos de atención médica brindada a sus ciudadanos.
La nueva normativa nacional abre así una nueva etapa en el sistema de salud pública, diferenciando el acceso a prestaciones programadas según la situación migratoria, pero manteniendo garantizada la atención ante emergencias.







